Este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo estatuido en los artículos 12, 242, 243, 520 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo estatuido en los artículos 765, 1161,1116, 1486, 1488 del Código Civil, aceptada como fue la competencia para conocer del presente recurso, declara: CON LUGAR LA APELACION, ejercida por el ciudadano JULIO CESAR PUERTA en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ROGER ALBERTO MEZA SANCHEZ, contra la sentencia definitiva dictada en fecha, por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la que declaró improcedente la demanda por cumplimiento de contrato. Se revoca la decisión apelada.
Se declara con lugar la demanda que por cum.....