Este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: decide así:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de reposición de la causa planteada por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la demanda que por rendición de cuentas intentó la ciudadana MAIGUALIDA NARANJO BARRIOS contra la sociedad mercantil SERVICIOS G.Z., C.A., y el ciudadano PRISNEL PEREIRA.