Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes incoada por los ciudadanos Ernesto Lenin Pedraza Querales y Maria Gabriela Sánchez Baptista, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 11.048.730 y V-14.048.515, respectivamente.
En consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron en fecha Treinta (30) de Diciembre del Año Dos Mil Dos (2002), por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, de los libros de Matrimonios correspondiente; por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firm.....