PRIMERO: Decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el 50% de los derechos de propiedad que le corresponde a la parte demandada sobre: Una parcela de terreno, distinguida con el número uno (01), del lote Letra "E", ubicada en la urbanización Lomas de La Lagunita, en el sitio denominado Caicaguana en Jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, con una superficie de NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (951,65 m2) y cuyos linderos y medidas son los siguientes: Norte: Al cual da uno de sus frentes con la Segunda Avenida Oeste en cincuenta y seis metros con veinticuatro centímetros (56,24 mts), Sur: Con la parcela Nro. 23, en dieciocho metros con cuarenta centímetros (18,40 mts), Este: Con la parcela Nro. 2, en veinticinco metros (25 mts), Oeste: El cual da su otro frente con la Avenida Circunvalación en una línea quebrada compuesta de dos rectas, la primera de once metros con setenta y ocho centímetros (11,78 mt.....