Se declara PROCEDENTE la falta de cualidad del INSTITUTO UNIVERSITARIO DE GERENCIA Y TECNOLOGIA (I.U.G.T.), alegada por la parte demandada; y, en consecuencia, SIN LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS intentara PASCUAL ANDRES DIGLIO PEREZ, en contra de aquél, ambos suficientemente identificados en el encabezamiento de la presente decisión.-