Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el ciudadano Alexander José Andrade Batista, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.277.091, en consecuencia; donde se lee: "Trinidade Batista de Andrade", debe leerse "Trinidade Batista Ferreira", que es lo correcto; quedando así rectificada la Partida de Nacimiento del ciudadano Alexander Andrade; la cual corre inserta en los Libros de la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, acta N° 2851, de fecha 17 de octubre de 1988, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en el artículo 506.....