Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Carmen Zoraida Rodríguez Espejo y Yoni Rafael Machado Lindo, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.392.039 y V- 2.768.186, respectivamente.-, y en consecuencia, Disuelto el Vínculo Matrimonial que los Une, que contrajeron el Primero (01) de Junio de Mil Novecientos Setenta y Siete (1977), por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, según acta N° 203, Tomo 1-B, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil v.....