Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos JOSE GREGORIO VELIZ y MARITZA BERENICE GARCIA SANDOVAL, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-9.117.065 y V-6.497.523, respectivamente. En consecuencia, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE, el cual contrajeron el día cuatro (04) de junio de mil novecientos ochenta y cinco (1985), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía Municipio Vargas del Estado Vargas, acta Nº 56, inscrita en el folio 56 de los Libros de Registro Civil de Matrimonios correspondiente, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, una vez quede firme, a.....