-III-
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SE DECLARA INADMISIBLE la solicitud de EJECUCIÓN DE HIPOTECA presentada por BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la sociedad mercantil INVERSIONES RIVAS "INRIMOLI", C.A. y el ciudadano JOSE RAFAEL RIVAS BELLYS, ampliamente identificados.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-