- III -
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (VÍA EJECUTIVA) incoara la sociedad mercantil FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (liquidador del BANCO CANARIAS DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, C.A.) contra la sociedad mercantil GRUPO SANTA INES C.A., y el ciudadano JAIRO ALEXANDER ARAGOZA ARAGOZA, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA medida de EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de OCHO MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 8.715.300,00), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Procesales prudencialmente calculadas por este Juzgado.....