Este Juzgado SUSPENDE la Medida de Embargo Preventivo decretada por este Juzgado, en fecha siete (7) de junio de dos mil dieciséis (2016), y participada en la misma fecha, según Oficio Nº 327/2016, dirigido a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de VEINTISEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLÍVARES CON TRECE CÉNTIMOS ( Bs. 26.929.852,13), que comprende el doble de la suma demandada en pago, más las Costas Procesales prudencialmente calculadas por este Juzgado en un veinte por ciento (20 %) del monto adeudado, que asciende a la cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 2.448.168,37), cifra ésta ya incluida en el monto antes señalado. Si la.....