En base a las razones y consideraciones precedentemente establecidas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena: la prosecución de la Entrega Material acordada en fecha 03 de Junio de 2.008, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, a tal efecto, líbrese el despacho correspondiente al Tribunal Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial.
Dado, firmado y sellado en la sede del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, a los treinta (30) días del mes de junio de 2009. 199° AÑOS DE LA INDEPENDENCIA y 150° AÑOS DE LA FEDERACION.-
LA JUEZ
Dra. CAROLINA GARCIA CEDEÑO
LA SECRETARIA ACC.,
SENKI SALAZAR SOFUA
.....