Por las razones antes expuestas, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADO el presente juicio y en consecuencia se ordena la suspensión de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 28 de septiembre de 2004.