Ahora bien, concatenando las probanzas de autos y llamados los interesados por la prensa, no se hizo objeción a la solicitud en el término de ley. -En consecuencia, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, ORDENA la INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del Ciudadano JOSÉ GREGORIO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, que nació el diez (10) de mayo de mil novecientos ochenta y nueve 1.989, hijo de la ciudadana DUNYA MARITZA GONZÁLEZ MIJARES, titular de la cédula de identidad N° 6.189.954. - Líbrese las copias certificadas pertinentes una vez sean consignados los fotostatos requeridos, y remítase las mismas a las autoridades competentes a los fines de que estampen las notas correspondientes. -