este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la Ley, declara: PRIMERO: Se declara PROCEDENTE EL DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONALES ESTIMADOS E INTIMADOS por los abogados LEON ENRIQUE COTTIN, BEATRIZ ABRAHAM M, ALVARO PRADA, MARIA CAROLINA SOLORZANO y ELBA IRAIDA OSORIO contra la Sociedad Mercantil CONSORCIO BARR, S.A., por actuaciones cursantes en el juicio que por NULIDAD DE HIPOTECA Y ACCIÓN MERO DECLARATIVA, incoara CONSORCIO BARR, S.A. contra BANCO CARACAS N.V, asunto AH12-M-2004-000082; SEGUNDO: se ordena la abrir la segunda fase de este procedimiento, una vez quede definitivamente firme el presente fallo y propuesto como fue el DERECHO A LA RETASA en la contestación a la Estimación e intimación de honorarios, procédase a la fijar oportunidad para la designación de.....