Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCION presentada en este Juzgado el veintiocho (28) de octubre de 2009, suscrita por los ciudadanos GILDARDO MURILLO VILLABON y SIRIA MARÍA TEDESCHI en su carácter de apodera judicial del ciudadano MAURICIO TEDESCHI, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.