Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS, intentada por los ciudadanos MARILIN MILETH DEL VALLE CHIRINOS MORA y JOSE ALVIDIO ARELLANO MORENO, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 185, 188, 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el articulo 762 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 20 de diciembre de 2003, por ante la Prefectura Civil del Municipio Samuel Darío Maldonado, del Estado Táchira, según consta en Acta de Matrimonio inserta bajo el Nº 28, Notifíquese a las Autoridades correspondientes. -