Se dictó Resolución mediante la cual se declaró Improcedente el Desistimiento formulado por el abogado Pedro Alvizua, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 6.373, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Luís Gorrín Hernández, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-1.739.551, en virtud de haberse declarado la perención de la instancia en fecha nueve (09) de septiembre de dos mil tres (2003).