este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano HERNANDEZ ALVAREZ EUGENIO MONTEJO, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-2.246.899, a su esposa ciudadana AYMARA EUNICE PINTO BRUESTLEN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-4.454.502, y a sus dos hijos legítimos, ciudadanos IVO RICARDO HERNANDEZ MIRABAL y EMILIO ALVAR HERNANDEZ PINTO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de identidad Nros. V- 8.840.946, y V-19.559.435.