III
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
Primero: Se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentado en el Artículo 185-A, solicitada por los ciudadanos ROSARIO MARTINEZ ESCALANTE y JOSE GREGORIO PACHECO ESCALANTE, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros 10.944.758 y 6.452.910, respectivamente; en consecuencia, se Declara Disuelto el vínculo matrimonial que los unía, el cual fue contraído entre ellos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), en fecha diez (10) de diciembre de 1.988, según se evidencia en Acta Matrimonio, anotada bajo el Nº 808, de l.....