Se dictó Resolución mediante la cual se Homologó el Desistimiento del Procedimiento realizado el día 07 de junio de 2005, por el abogado el abogado Daniel Jesús Salero, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.435, actuando en representación de la Sociedad Mercantil Banco Mercantil C.A., Banco Universal, en contra de los ciudadanos Dayana Pieters Montezuma y Jairo Enrique Guerrero Alcala, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.563.653 y V-12.376.680, respectivamente, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, declara extinguida la instancia de conformidad con lo establecido en el artículo 266 eiusdem.