Se dictó resolución mediante la cual se decretó Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, sobre el siguiente bien inmueble un (1) apartamento distinguido con letra y numero B-63, situado en la planta 0 de la torre "B", del Conjunto Residencial Villa Solar, de la Urbanización El Solar del Hatillo, Jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda. Asimismo, se ordenó librar oficio dirigido a la Oficina de Registro Publico del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, a los fines de que estampe la respectiva nota marginal y se de cumplimiento a la medida antes decretada, de conformidad con lo establecido en el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil.