Es por lo que este Tribunal a fin de subsanar los errores cometidos en la sentencia supra indicada específicamente en la narrativa, en donde se indica la fecha de contestación de la Fiscal del Ministerio Público, este Tribunal pasa a dejar expresa constancia de lo siguiente: EN DONDE SE LEE: " Mediante diligencia de fecha 01 de febrero de 2007...", DEBE LEERSE: " Mediante diligencia de fecha 28 de febrero de 2007...", quedando así subsanado el error cometido en la sentencia de fecha 13 de marzo de 2007, por lo que la sentencia supra indicada sigue manteniendo en toda su fuerza y vigor el resto del contenido de la sentencia antes aludida.