Se dictó sentencia en la cual se declaró Inadmisible la presente demanda que por Prescripción Adquisitiva fue interpuesta por la ciudadana MARIANA DA SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. 11.554.810, abogada en ejercicio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 77.563, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil PROMOCIONES 12000, C.A. inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 08 de Julio de 1997, bajo el N° 53, Tomo 127-A Qto, contra la Sociedad Mercantil CADENAS DE TIENDAS MRL, inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, de fecha 18 de Mayo de 1995, bajo el N° 10 Tomo 198-A-Sgdo.