este Tribunal en su oportunidad fijar lo honorarios de los jueces retasadores, y dado que en la presente causa, ya fueron designados los jueces retasadores, y ambos prestaron su aceptación y juramentación al cargo, corresponde a quien suscribe pasar a realizar tal actuación dentro del proceso. En consecuencia considerando la cuantía de la demanda, la cual asciende a la suma de CINCUENTA CUATRO MILLONES SETECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 54.700.000,oo), actualmente cincuenta y CUATRO MIL SETECIENTOS BOLÍVARES FUERTES (BsF. 54.700.,oo), se fija como honorario para cada juez retasador la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,oo).-Así se decide.-
Consiguientemente, en aras de salvaguardar el derecho a la defensa de las partes y el debido proceso, se fija el quinto (5to.) día de despacho siguiente a la constancia en autos de la ultima notificación que de las partes se haga, para que tenga lugar el acto de consignación de los honorarios de los jueces retasadores y su constitución, con la ad.....