en virtud de que en la presente causa se evidencia que la pretensión planteada por la parte actora en el presente procedimiento es inferior a la competencia por el valor atribuida a este Juzgado, ya que la cantidad demandada alcanza la cantidad de DOCE MILLONES DE BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 12.000.000,00), en consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el articulo 859 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado se declara incompetente para conocer de la presente demanda en razón de la cuantía, y en virtud de ello declina la competencia a un JUZGADO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, y a los fines de que sea sorteado, previo a su conocimiento por parte del Juzgado de Municipio que le corresponda conocer de la presente causa, se ordena la remisión del mismo a la COORDINADORA DE LA UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DEL CIRCUITO JUDICIAL DE TRIBUNALES DE MUNICIPIO CON SEDE EN LOS CORTIJOS, DE LA CIRC.....