este JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 257 de nuestra Carta Magna y los artículos 12, 242 y 243, del Código de Procedimiento Civil, declara: PRIMERO: Se SUSPENDE la medida de secuestro decretada en fecha 24 de marzo de 2009, ratificada en fecha 23 de octubre de 2009, sobre el inmueble objeto de la presente demanda, que recayó sobre:
"Local Nº U (25-26-27-28), ubicado en planta de nivel Urdaneta. Área: Tiene un área aproximada de treinta y seis metros cuadrados con cinco decímetros cuadrados (36.05M2). Linderos: NORTE: pasillos de circulación por donde tiene su acceso y local Nº 24, ductos de servicio y pasillo de circulación, ESTE: Local Nº U (29-30), pasillo de circulación y pasillo de servicio, OESTE: Pasillo de circulaci.....