"...este Tribunal Ejecutor en cumplimiento de la orden emitida por el Juzgado Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, concede el lapso de quince (15) días solicitado por el representante de la parte ejecutada y declara practicada la notificación de la orden de reincorporación del ciudadano PEDRO ALEJANDRO CORDERO. Asimismo ordena mantener la comisión en los archivos del Tribunal en la espera de la conducta procesal de las partes".