(...)el notificado en cumplimiento de lo ordenado, libró y entregó al tribunal ejecutor Cheque de Gerencia N°75255141, a nombre de la parte ejecutante por la cantidad embargada. Una vez efectuado lo ordenado y en cumplimiento de la comisión, este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Embargados ejecutivamente la cantidad de ONCE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 00/100 CENTIMOS (Bs.11.449,04), de la cuenta corriente señalada por la parte ejecutante, la cual pertenece a la parte ejecutada antes identificada, y en virtud, del Principio de Celeridad Procesal a su vez le hace entrega en este mismo acto el Cheque de Gerencia producto del embargo ejecutivo a la parte ejecutante, quien acepto conforme y ordena agregar copia simple del cheque producto del embargo a los autos y ordena la remisión de la comisión con sus resultas al Juzgado de la comitente.(...)