(...) este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley declara Embargados los bienes muebles señalados por la parte demandante e inventariados y justipreciados por el perito hasta por cantidad DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100 (Bs.204.810,00.), y a solicitud de la parte ejecutante y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Sobre Deposito Judicial acuerda lo solicitado y permite que los bienes identificados anteriormente permanezcan bajo la guarda, custodia y responsabilidad del notificado, en cuyo poder se hallaban al momento de la práctica, quien dio su libre consentimiento para esta figura. Seguidamente este juzgado acuerda mantener la comisión en sus archivos hasta la solicitud de una nueva oportunidad de la parte ejecutante. Igualmente ordena agregar como parte integrante del Acta de embargo el inventario y justiprecio de los bienes constante de TRECE (13) folio útiles. (...)