(...) en virtud de estar constituido en el inmueble objeto de la presente medida, de haberse garantizado el derecho a la defensa de la parte ejecutada y de los terceros con interés legítimo, este Tribunal Ejecutor Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara practicada la Restitución del inmueble objeto de la presente medida y coloca el inmueble objeto de la presente medida libre de bienes y personas en posesión del apoderado judicial de la parte ejecutante representada en este acto por su Abogado JOSÉ GREGORIO ROMANIELLO, ya identificado, quien aceptó conforme en nombre de su representada, propietaria del inmueble y tomo el juramento de ley. (...)