(...)en virtud de estar constituido en el inmueble objeto de la presente medida, de haberse garantizado el derecho a la defensa de la parte demandada y de los terceros con interés legítimo, este Tribunal Ejecutor administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, siguiendo los lineamientos del mandato restituye a la ciudadana querellante en la habitación libre de bienes y personas que ocupaba anteriormente, así como, al uso goce y disfrute del inmueble la cual era el objeto de la presente medida.(...)