III
DISPOSITIVA
En mérito a todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción por COBRO DE BOLÍVARES, que sigue BANCO MERCANTIL, C. A., S. A. C. A. BANCO UNIVERSAL contra ELECTRO DOMESTICOS, A. G., S. R. L. y el ciudadano AGOSTINHO GONCALVEZ GONCALVEZ.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de CUATRO MILLONES CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 4.100.000,00) equivalente en la actualidad a la cantidad de CUATRO MIL CIEN BOLÍVARES (Bs. 4.100,00) por concepto del capital de pagaré accionado.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS ONCE BOLÍVARES CON DOCE CÉ.....