III
DISPOSITIVA
En mérito a todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO Y EXTINCIÓN por abandono y pérdida del interés en la demanda que por COBRO DE BOLIVARES incoara el abogado EDUIN DANIEL VILLASMIL, en su carácter de endosatario en procuración de la ciudadana JACQUELINE DEL ROCIO FERNANDEZ PEREIRSA contra los ciudadanos CARMEN RAMONA SILVA COVA y LEANDRO ANTONIO GARCIA OLLARVE, todos identificados ampliamente en el presente fallo.
SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas conforme lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y NOTIFIQU.....