III
DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO incoada por la ciudadana ARACELIS PÉREZ PÉREZ contra el ciudadano VICENTE HUMBERTO VELASQUEZ, todos plenamente identificados en autos, en cuanto a la causal contenida en el Numeral Segundo (2º) del Artículo 185 del Código Civil, relativo al Abandono Voluntario del hogar común, toda vez que fue declarada improcedente la pretensión establecida en Numeral Primero (1º) del citado Artículo, relativo al Adulterio conforme los lineamientos determinados Ut Supra en este fallo.
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído ante el Juzgado Duodéci.....