DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologado el convenimiento celebrado entre las partes y en los mismos términos en él expuestos, dándole carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo y por encontrase ambas partes de acuerdo con el desistimiento.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y NOTIFIQUESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de.....