La Juez Ejecutora oído lo antes expuesto, acuerda de conformidad y en cumplimiento con su misión procede a hacer la entrega material, real y efectiva a los adjudicatarios, ciudadanos Ligia Pascuala Méndez y Alí Gerardo López Maiolino, de una (01) casa distinguida con la letra “A” y el terreno donde esta construida, situada en el caserío Sucre, calle Oeste 9, entre las esquinas de Centro y Carmen, Parroquia La Pastora