visto el señalamiento realizado por la parte actora; así como la información obtenida del ente financiero declara Ejecutivamente Embargadas las cantidades de dinero anteriormente identificadas y las deja en posesión del Banco de Venezuela, quien es depositario de las mismas y deberá abrir una cuenta litigio para tal fin y a la orden del tribunal de la causa y se le deja copia de la comisión al notificado y siendo las 12:00 M.,