En fuerza al razonamiento anterior, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer la Solicitud de Divorcio 185-A. intentada por los ciudadanos LISBETH TRINIDAD COLMENARES DE LIMA y WILLIAM HERNY LIMA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.568.366 y V-6.032.608 respectivamente, en razón de la materia.
SEGUNDO: DECLINA la competencia en un Juzgado de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo en el copiador de sentencias llevado por este Juzgado por aplicación de los artículos, 247 y 248 del Código de Procedimiento Civi.....