Acto seguido este Tribunal a solicitud de los Apoderados Actores y cumplimiento de su misión declara SECUESTRADO el siguiente bien inmueble: Un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N°4, situado en la Calle Plaza, número veintiuno (21) de la Parroquia La Vega, Caracas; y lo pone en posesión del depositario judicial designado por el Tribunal de la Causa, parte actora en el presente juicio, en la persona de su apoderado actor, EDUARDO PAZ PAZ