"...Seguidamente el Tribunal vista la exposición de la notificada y en cumplimiento de su misión declara PREVENTIVAMENTE EMBARGADO: a)El Treinta por ciento (30%) mensual del salario que devenga el ciudadano, RAFAEL SEGUNDO LEÓN, antes identificado, al servicio del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), dependiente del Ministerio del Poder Popular de Interior y Justicia; b) El treinta por ciento (30%) de las utilidades o bonificación especial de fin de año; c) El treinta por ciento (30%) de las vacaciones y/o bono vacacional que perciba; d) El cien por ciento (100%) de primas por hijos , útiles escolares y juguetes (en caso de que perciba dicha concepto); e) El cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, caja de ahorros, fideicomiso o cualquier otra cantidad que le corresponda al mismo en caso de cesar la relación laboral..."