"...Acto seguido la parte actora NOHEMI VARGAS, antes identificada, expone: "Por cuanto he concluido las conversaciones con mi hermana quien es la demandada, solicito al Tribunal suspenda la ejecución de la medida, por cuanto hemos acordado que en un lapso de tres meses las dos habitaremos el inmueble y pasado ese lapso de tres meses mi hermana desalojará el apartamento, es todo" En este estado la demandada, BETTY VARGAS, expone: "Manifiesto mi conformidad con lo expresado por mi hermana, es todo." Este Juzgado visto el pedimento que antecede, lo acuerda de conformidad; en consecuencia, se deja sin efecto la medida de Entrega Material y se abstiene de practicar la misma..."