Seguidamente el Tribunal en cumplimiento de su misión pasa a RESTITUIR a la parte agraviada en el inmueble constituido por un Apartamento distinguido con los números 11-3, piso 11, Edificio Los Carraos, del Conjunto Residencial Lomas de Terra Bella, Municipio Baruta del Estado Miranda. En este estado el accionante EDUARDO JULIAN ADECHEDERA BORGES debidamente asistido por la Defensora Pública Auxiliar, LEOCARINA MARQUEZ, antes identificados, expone: "Consigno Comprobante de Recepción de Documento, del inventario que consigné por ante el Tribunal de la Causa, constante de tres (03) folios útiles, donde constan todos mis bienes muebles y enseres que dejé en el interior del inmueble, tal y como lo indiqué al momento de incoar la presente acción de amparo. Dejo constancia que recibo el inmueble antes descrito y verifiqué que todos mis bienes muebles y enseres se encuentran en el interior del apartamento, es todo." Se ordena que por secretaría se de lectura a esta acta, y de no haber observa.....