"...En cumplimiento de la comisión, este Juzgado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARO EMBARGADO EJECUTIVAMENTE hasta cubrir la cantidad decretada por el Comitente de SEIS MIL NOVECIENTOS BOLÍVARES (Bs. 6.900,00), los derechos que le corresponden al ciudadano RAFAEL ENRIQUE RANGEL, titular de la cédula de identidad Nª 645.943, sobre el siguiente inmueble: Apartamento distinguido con el Nro. 0809, situado en el piso 8, del Bloque 17, edificio 1, ubicado en la Urbanización Caricuao UD-3, Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital; y consecuencialmente se declara la desposesión jurídica del mismo de conformidad con el artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y se puso en posesión jurídica de la Depositaria Judicial LA CONSOLIDADA C.A.., en la persona de su representante ciudadana SHILEINE DAVILA, antes identificada, quien aceptó conforme en nombre de su representada..."