Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de diciembre de 2007, por la abogada LIGIA ARANGUREN, ya identificada, actuando en nombre propio, en contra de la decisión dictada en fecha 12 de diciembre de 2.007, por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Parcialmente con lugar la demanda por resolución del contrato, interpuesta por el ciudadano JOSÉ OSWALDO DEL GROSSO, en contra de la ciudadana LIGIA ARANGUREN, supra identificados, la cual queda confirmada en todas sus partes. En consecuencia, se declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓ.....