Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Itinerante en funciones de Primera Instancia en materia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES, incoada por La Junta Condominio de las Residencias "La Blanquilla" y, sociedad mercantil "Geobusiness, Soluciones Inmobiliarias Integrales, S.A."; en contra de los ciudadanos Salvatore Termini Bellone y Rosabel Tudela de Termini, todos anteriormente identificados y, por consiguiente declara:
PRIMERO: Se condena a la parte demandada, al pago de la cantidad de QUINCE MIL CINCUENTA Y UN BOLÍVARES CON VEINTIÚN CÉNTIMOS (Bs. 15.051,21), correspondientes a los recibos de condominio que van desde el mes de octubre de 2001 hasta el mes de noviembre de 2004, monto que resultó después de excluir los dep.....