-VII-
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por nulidad absoluta de la convocatoria a la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa "INVERSIONES LA SAZÓN DE LUZ, C.A." a celebrarse el 20 de agosto de 2004, diferida para el 10 de septiembre de 2004 y de la asamblea general extraordinaria celebrada en esa misma fecha incoada por el ciudadano PEDRO MÉNDEZ, actuando con el carácter de director presidente de dicha empresa, en contra de la ciudadana LUZ RÍOS SALAZAR, todos anteriormente identificados. En consecuencia:
PRIMERO: SE DECRETA la nulidad absoluta de la convocatoria a la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa ".....