"...Vista las manifestaciones de las partes, este Juzgado en cumplimiento de la comisión, le concedió al Ministerio del Poder Popular para la Educación, el lapso de diez (10) días continuos, para que informe a este juzgado sobre el cumplimento de la sentencia dictada por el Comitente; En consecuencia ordeno mantener la comisión en su archivo hasta tanto conste en autos la información requerida al Ministerio con respecto al cumplimiento de la sentencia proferida por el comitente..."