El Tribunal Ejecutor vistas las exposiciones anteriores, así como el pedimento de las partes, acuerda de conformidad y suspende la medida de embargo preventivo que se viene ejecutando visto el convenimiento celebrado en este acto, asimismo se acuerda remitir a la brevedad posible estas actuaciones al comitente a los fines de la homologación respectiva. Se acuerda agregar a esta actuación la documentación presentada por la parte demandada y copias simples de los cheques señalados en esta acta. Se deja constancia de que la práctica de esta medida, no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal Ejecutor de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente. Cumplida como ha sido esta misión, este Tribunal Ejecutor ordena que por Secretaría se de lectura a esta acta y de no haber observación alguna se de por ter.....