Se declaró CON LUGAR la demanda que por cobro de bolívares ha sido incoada por la abogada YANET MARTÍNEZ MILLÁN, en su carácter de endosataria en procuración; en contra del ciudadano MANUEL FLORES PADILLA. SE CONDENA a la parte demandada al pago de la suma de DOCE MIL NOVECIENTOS SESENTA BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 12.960,00), por concepto de capital adeudado de las dos (2) letras de cambio. SE CONDENA a la parte demandada al pago de la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLÍVARES CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs. 285,74), por conceptos de intereses moratorios. SE CONDENA a la parte demandada al pago del derecho de comisión que corre a favor de la parte actora sobre el monto capital de las dos (2) letras de cambio identificadas ut supra, según lo establecido en el ordinal 4º del artículo 456 del Código de Comercio. SE ORDENA practicar experticia complementaria del fallo sobre el dispositivo CUARTO, a los fines de realizar el cálculo correspondiente del derecho de comisión que co.....